APROBACION DEL PLAN DE GESTION DEL ACUIFERO INFRABASALTICO GUARANI EN TERRITORIO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY




Promulgación: 26/07/2000
Publicación: 03/08/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 108
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1-5

Artº 5º.- Los titulares de Permisos de Extracción y Uso de agua
subterránea deberán reportar anualmente a la Dirección Nacional de
Hidrografía, información sobre las condiciones de funcionamiento de la
obra, según los formularios elaborados por la misma.
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