REDES PUBLICAS DE TELECOMUNICACIONES DE ANTEL




Promulgación: 03/07/2006
Publicación: 07/07/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 18

Artículo 5

 Todo cable integrante de las redes públicas de telecomunicaciones de
ANTEL que la policía encuentre en cualquier medio de transporte, sin la
correspondiente guía de tránsito, o en cualquier local no autorizado
expresamente por ANTEL será entregado a la sede judicial competente
poniéndola en conocimiento de las circunstancias indicadas.
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