REGULACION DE LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES. URSEC




Promulgación: 04/05/2001
Publicación: 15/06/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1155
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 70.
Referencias a toda la norma

Artículo 11

 La comisión de infracciones dará lugar a la aplicación de las siguientes 
sanciones dispuestas por el artículo 89 de la Ley Nº 17.296 de 21 de 
febrero de 2001, las cuales se graduarán según su gravedad y considerando 
la existencia o no de reincidencia:
a. observación;
b. apercibimiento;
c. las establecidas en los actos jurídicos habilitantes de la prestación
   de la actividad;
d. decomiso de los elementos utilizados para cometer la infracción o de
   los bienes detectados en infracción, sanción que podrá ser aplicada en
   forma exclusiva o accesoria a las demás previstas;
e. multa;
f. suspensión de hasta noventa días en la prestación de la actividad;
g. revocación de la autorización o concesión.
La aplicación de multas estará basada en el perjuicio económico que le 
ocasiona a los usuarios recibir prestaciones en condiciones no 
satisfactorias. La cuantía de las mismas no podrá superar el cien por 
ciento del perjuicio económico producido y su monto total se repartirá 
entre los usuarios afectados, sin perjuicio de las acciones que éstos 
pudieren promover directamente para el resarcimiento de otros daños y 
perjuicios padecidos. Cuando no sea posible determinar los usuarios 
afectados o no los haya, el monto máximo de la multa será de 50.000 
Unidades Reajustables, excepto para los servicios de radiodifusión (AM, 
FM, TV abierta), manteniéndose el régimen actualmente vigente.
En todos los casos, la aplicación de sanciones se realizará con ajuste a 
los principios del debido procedimiento administrativo y de la razonable 
adecuación de la sanción a la infracción. En ningún caso las sanciones 
excluirán o afectarán el derecho de los usuarios a entablar las acciones 
que consideren pertinentes contra los operadores sancionados.
Referencias al artículo
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