APROBACION DE COMETIDOS DEL REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS DE OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 04/05/2009
Publicación: 14/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1059
Referencias a toda la norma

Calificación de empresas del exterior (financiamiento externo)

Artículo 39

 La empresa quedará habilitada para solicitar su inscripción y
calificación, según los procedimientos previstos en este Reglamento en los
siguientes casos:
a) ejecutada la obra y recibida de conformidad por la Administración;
b) estando la obra en ejecución de acuerdo al cronograma correspondiente y
cumplido un año de facturación.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 71 (vigencia).
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