La empresa inscripta tiene las siguientes obligaciones:
a) comunicar al Registro los contratos de obras públicas y privadas que
suscriba, sus modificaciones, cesiones, rescisiones y la variación de los
datos declarados ante la Oficina que modifiquen la información registrada;
b) actualizar la información registrada, toda vez que el Registro así lo
entienda necesario, a efectos de readecuar su calificación;
c) permitir las inspecciones que se dispongan.