FIJACION DE NORMAS PARA CALIFICACIONES EN LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 11/04/1991
Publicación: 03/05/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1991
  •    Página: 429

Artículo 3

    Modifícanse los grupos de ascenso establecidos en el inciso segundo
del artículo 3 del decreto 903/973 por los siguientes:

Grupo I- En los escalafones A, B, C, D, E y R desde el Grado 1 hasta el
Grado inmediato inferior al del cargo de Subjefe de Departamento o
equivalente.

En el escalafón F desde el Grado 1 hasta el inmediato inferior al del
grado de Subintendente o equivalente.

Grupo II- En los escalafones A, B, C, D, E, F y R los grados no
comprendidos en el Grupo I.
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