FIJACION DE TASAS POR CONTRIBUCIONES PATRONALES ESPECIALES A LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 12/06/1997
Publicación: 26/06/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 1556
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.713 de 03/09/1995 artículo 39.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   (Instituciones comprendidas por el Artículo 69 de la Constitución de la
República).- Las tasas de contribución especial patronal, no regirán para
las Instituciones privadas comprendidas por el Artículo 69 de la
Constitución de la República, de acuerdo a lo establecido en el inciso 3º
del artículo 39 de la Ley Nº 16.713, de 3 de setiembre de 1995.
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