FUNCIONARIOS - RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA




Promulgación: 05/05/1993
Publicación: 25/05/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la racionalización administrativa del personal contratado de la
Unidad Ejecutora 007 "Instituto Nacional de Estadística" del Inciso 02
"Presidencia de la República".

   Resultando: el artículo 71º de la Ley Nº 16.320 de 1º de noviembre de
1992, dispone que el personal eventual de la citada Unidad Ejecutira que
reúna los requisitos allí establecidos pasará a percibir sus retribuciones
con cargo al Sub-Rubro 02 "Retribuciones básicas de personal contratado
para funciones permanentes".

   Considerando: I) que resulta necesario proceder a la unificación de las
funciones contratadas de carácter permanente, incorporado a la actual
estructura, las creaciones de funciones que surjan de la aplicación del
artículo mencionado.

  II) que en la misma, la suma de las retribuciones no excede el monto de
los créditos de los renglones respectivos.

  III) que los contratos previstos conforman una estructura de funciones
adecuada a los objetos del mencionado programa.

  Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación, a lo
dispuesto por el artículo 10º del Decreto-Ley Nº 14.985 de 28 de diciembre
de 1979, artículo 71º de la Ley Nº 16.320 de 1º de noviembre de 1992 y
Decreto Reglamentario de fecha 30 de marzo de 1993.

  El Presidente de la República


                           DECRETA:

Artículo 1

  Modifícase a partir del 1º de enero de 1993, la racionalización
administrativa del personal contratado de la Unidad Ejecutora 007
"Instituto Nacional de Estadística" del Inciso 02 "Presidencia de la
República", la que quedará conformada con los siguientes funciones
contratadas:

 CANT.   DENOMINACION       SERIE            ESCALAFON      GRADO
 1       Asesor III         Profesional       A               14
 1       Asesor IV          Profesional       A                13
 1       Asesor V           Profesional       A                12
 3       Asesor IV          Profesional       A                11
 1       Asesor VII         Profesional       A                10
 3       Técnico I          Estadística       B                13
 2       Técnico I          Computación       B                13
 1       Técnico II         Computación       B                13
 1       Jefe de Sección    Computación       B                12
 1       Técnico IV         Computación       B                10
 5       Técnico IV         Estadística       B                10
 3       Técnico V          Estadística       B                 9
 3       Técnico V          Computación       B                 9
 1       Administr. II      Administrativo    C                 6
 4       Administr. III     Administrativo    C                 5
 1       Administr. IV      Administrativo    C                 4
 1       Jefe de Depto.     Especialización   D               11
 2       Especialista II    Estadística       D                 9
 5       Especialista III   Estadística       D                 8
 5       Especialista IV    Estadística       D                 7
 7       Especialista V     Estadística       D                 6
 24      Especialista VI    Estadística       D                 5
 18      Especialista VII   Estadística       D                 4
 5       Especialista VIII  Estadística       D                 3
 1       Auxiliar II        Servicios         F                 4
 6       Auxiliar III       Servicios         F                 3
107
 

Artículo 2

  Comuníquese a la Contaduría General de la Nación, Contaduría Central de
la Presidencia de la República y al Instituto Nacional de Estadística,
publíquese, etc. 

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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