SEGURIDAD SOCIAL. CENSO LABORAL. OBLIGACION




Promulgación: 21/03/1973
Publicación: 27/03/1973

Resumen:

Establécese que toda persona física o jurídica, empleador o empresario que realice actividad privada o a cuyo servicio se efectúe una prestación de trabajo remunerada, está obligado a presentar ante la Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social la ficha de "Censo Laboral", año 1972.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 366/973 de 
23/05/1973.

Artículo 5


		
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