Reglamentario/a de: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículos 242, 243, 244, 245 y 246.
CAPÍTULO IV - DE LAS EMPRESAS "MADRINAS"
Exoneración de aportes patronales. De conformidad con la Ley 19.996 de 3 de noviembre de 2021, las empresas u organizaciones que incorporen a su nómina de trabajadores/as a participantes del programa ACCESOS, tendrán derecho a la exoneración total de los aportes patronales a la seguridad social, por el plazo máximo de hasta un año, por cada beneficiario/a incorporado/a. La exoneración estará a cargo del BPS, y el MIDES será el responsable de informar a dicho organismo, sobre el binomio "trabajador/a-empresa" que se ha conformado en el marco del programa ACCESOS a los efectos de que se efectivice la exoneración correspondiente. El BPS dará de baja el beneficio al cabo de un año de la contratación del trabajador/a. La exoneración total de los aportes a la seguridad social por el plazo de hasta un año se otorga por cada nuevo/a trabajador/a que incorpora la empresa contratante a su planilla de trabajo. En caso de sustitución - cualquiera sea el motivo- de un/a trabajador/a por otro, ambos participantes de ACCESOS, corresponderá la exoneración por el período de tiempo que reste para completar el año, contabilizado desde el día en que se incorporó el/la trabajador/a sustituido/a.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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