El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Código Aduanero de 19/09/2014 artículos 127, 128, 129,
130, 131, 142, 143 y 144.
CAPÍTULO I
RÉGIMEN DE MUESTRAS
Artículo 8
(Registro y cumplimiento de obligaciones fiscales).- Los importadores y/o exportadores que se amparen en el régimen deberán estar registrados en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva, Banco de Previsión Social, y Banco de Seguros del Estado y estar al día en el pago de sus obligaciones con dichos organismos.