MODIFICACION DEL DECRETO 944/974, RELATIVO A LA COMERCIALIZACION DE LA COSECHA DE TRIGO ZAFRA 1974 - 1975




Promulgación: 02/01/1975
Publicación: 15/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 36
Referencias a toda la norma
     Visto: el decreto 944/974, de fecha 21 de noviembre de 1974, por el
que se fijan normas para la comercialización de la cosecha de trigo
correspondiente a la zafra 1974/975.

     Considerando: conveniente efectuar algunas modificaciones y
ampliaciones al mismo en base a la experiencia recogida en la aplicación
del decreto de referencia.

     Atento: a lo preceptuado por el artículo 12, inciso B) de la ley
10.940, del 19 de setiembre de 1947,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

  Modifícase el inciso d) del artículo 8 del decreto 944/974, del 21 de
noviembre de 1974, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"d)  La fecha de depósito de trigo que figure en el certificado expedido
     por el depositario, determinará el precio base del cereal para los
     adquiridos de acuerdo a los artículos 2º y 15, cesando los intereses
     a cargo del productor por el monto equivalente a la partida de trigo
     entregada desde la fecha en que el productor deposite en la
     dependencia del Banco de la República Oriental del Uruguay, el
     respectivo formulario para hacer efectivo el adelanto determinado
     por los artículos 12 y 15".

  BORDABERRY - HECTOR E. ALBURQUERQUE - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - ADOLFO
CARDOSO GUANI
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