FIJACION DEL MONTO A DEDUCIR EN CONCEPTO DE SUELDOS DE DUEÑOS O SOCIOS A EFECTOS DE LA LIQUIDACION DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE INDUSTRIA Y COMERCIO




Promulgación: 04/04/1979
Publicación: 23/04/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 534

Artículo 2

  Lo dispuesto en el artículo anterior regirá para ejercicios iniciados a
partir del 1 de enero de 1978 quedando derogado desde esa fecha el
artículo 55 del decreto 996/975, de 29 de diciembre de 1975.
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