CREACION DEL SISTEMA DE CONTROL DE FAENA DE AVES




Promulgación: 25/06/2018
Publicación: 05/07/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   Cométese al Instituto Nacional de Carnes (INAC):

   a.   El desarrollo del Sistema de Control de Faena de Aves.
   b.   La elección del sistema concreto que mejor se adecue a las
        necesidades de nuestro medio y la selección del proveedor,
        procurando las mejores y más convenientes condiciones de
        suministro y de mantenimiento por el término de vida útil.
   c.   La determinación de los criterios objetivos de materialidad
        operativa y comercial para la implantación obligatoria del
        Sistema en las plantas de faena.
   d.   La adquisición para la implementación y ejecución del Sistema.
   e.   Asegurar el correcto funcionamiento del Sistema, haciéndose
        responsable de la gestión del mantenimiento preventivo y
        correctivo.
   f.   La determinación de la fecha en que las plantas de faena se harán
        cargo de financiar el costo del mantenimiento preventivo y
        correctivo del Sistema.
   g.   El dictado de las normas pertinentes a los fines de su
        utilización obligatoria por parte de las plantas de faena en que
        se considere necesario implantarlo, así como los procedimientos,
        métodos, mejoras en las instalaciones e informaciones a cargo de
        los particulares.
   h.   La determinación del mínimo de puestos de control del Sistema que
        deberán estar operativos y en correcto funcionamiento al momento
        de la faena.
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