VISTO: el artículo 270 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011, que
establece la nómina de los sujetos que están en condiciones de recibir
donaciones especiales según el régimen establecido por el artículo 78 del
Título 4 del Texto Ordenado 1996.-
RESULTANDO: que en la nómina referida en el Visto, se encuentra la
Fundación Teletón Uruguay quien se encuentra abocada a construir un centro
de rehabilitación pediátrica en la ciudad de Fray Bentos para la atención
de pacientes del interior del país.-
CONSIDERANDO: conveniente modificar los requisitos y limitantes de las
donaciones comprendidas en el beneficio, en tanto estén asociadas a dicho
emprendimiento.-
ATENTO: a lo expuesto. Ministerio de Economía y Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 150/007 de 26/04/2007
artículo 69 - TER inciso 1º).