REGLAMENTACION DEL FONDO DE FINANCIAMIENTO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA ACTIVIDAD LECHERA




Promulgación: 04/06/2007
Publicación: 11/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1115
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.100 de 23/02/2007.
Referencias a toda la norma

CAPITULO 1 - DE LA PRESTACION PECUNIARIA

Artículo 6

 Exportaciones e Importaciones. La Comisión Administradora Honoraria verificará la correcta aplicación de las tablas de conversión de litros de leche en los productos exportados directamente por los productores y las importaciones de leche y productos lácteos en todas sus modalidades, así como el pago correspondiente de la prestación pecuniaria.
La constancia de la prestación pecuniaria abonada se operará por los mecanismos que acuerde la Comisión Administradora Honoraria con la Dirección Nacional de Aduanas.
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