Apruébase la tipificación provisoria del producto denominado "Duraznos Envasados en Almíbar" y dispónese que el Banco de la República Oriental
del Uruguay y la Dirección Nacional de Aduanas no darán curso a las gestiones de exportación del producto tipificado sin la presentación
previa por parte de los exportadores del certificado de calidad expedido
por el Laboratorio de Análisis y Ensayos.