MODIFICACION DEL DECRETO 257/012 QUE CREA LA COMISION INTERMINISTERIAL DE APOYO AL TANGO




Promulgación: 25/06/2018
Publicación: 04/07/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la necesidad de modificar el Decreto N° 257/012 de 10 de agosto de 2012 por el cual se crea la Comisión Interministerial de Apoyo al Tango.

   RESULTANDO: I) que así como el Tango, el Candombe también fue declarado Patrimonio Cultural de la República Oriental del Uruguay por la Ley N° 18.059 de 20 de noviembre de 2006 y Patrimonio Cultural Inmaterial de la humanidad por la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura).

   II) que se deben apoyar los géneros propios reconocidos mundialmente como marcas musicales establecidas para el Uruguay mediante acuerdos entre Instituciones privadas y gubernamentales que promuevan su imagen exterior.

   CONSIDERANDO: I) que en consecuencia se entiende pertinente agregar el Candombe en los objetivos y cometidos asignados a la Comisión Interministerial de Apoyo al Tango.

   II) que corresponde modificar la denominación de la Comisión Interministerial en este sentido.

   III) que deberá establecerse que cada vez que se haga alusión a la Comisión Interministerial de Apoyo al Tango se deberá entender hecha a la Comisión Interministerial de Apoyo al Tango y el Candombe.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 181 de la Constitución de la República y por el Decreto N° 257/012 de 10 de agosto de 2012.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 257/012 de 10/08/2012 
artículo 1.

Artículo 2

   Agrégase el Candombe a los objetivos y cometidos asignados a la Comisión Interministerial de Apoyo al Tango, la que a partir de la vigencia de este Decreto pasa a llamarse Comisión Interministerial de Apoyo al Tango y el Candombe.

Artículo 3

   Establécese que cada vez que se haga alusión a la Comisión Interministerial de Apoyo al Tango se entenderá hecha a la Comisión Interministerial de Apoyo al Tango y el Candombe.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese y archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - MARÍA JULIA MUÑOZ - RODOLFO NIN NOVOA - LILIAM KECHICHIAN
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