AUTORIZACION DE CORRECCIONES ENOLOGICAS DE EDULCORACION DE VINOS




Promulgación: 14/06/2010
Publicación: 24/06/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 1251
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 Fíjase una tolerancia analítica de una décima por ciento en volumen (0,1%
en vol.), en más o en menos, en los resultados de análisis de alcohol,
realizados sobre muestras de vino, de acuerdo a los métodos de análisis
reglamentarios.
La misma tolerancia regirá para los análisis de sidra.
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