FIJACION DE SISTEMA DE REMUNERACION PARA PROFESORES DE LOS CENTROS DE ENSEÑANZA NAVAL




Promulgación: 11/04/1978
Publicación: 18/04/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 582
Referencias a toda la norma
  Visto: la gestión presentada por el Comando General de la Armada por la
que se proponen normas referentes al pago de remuneraciones de las
materias a dictarse en los Centros de Enseñanza Naval.

  Considerando: I) Que por decreto 146 de fecha 19 de febrero de 1975, se
establecieron normas similares para retribución de profesores e
instructores que dictan clases en los Institutos de Enseñanza Militar del
Ejército;

  II) Que actualmente no existen disposiciones de esa naturaleza en la
Armada, regulándose el pago de profesores e instructores por diferentes
disposiciones internas del Arma, lo que hace necesario establecer un
sistema de remuneración que otorgue a los profesores un mismo tratamiento
en todos los Institutos de Enseñanza Militar.

  Atento: a los informes emitidos respectivamente, por la Dirección
Financiero Contable y la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa
Nacional,

 El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

  Las materias en los Centros de Enseñanza de la Armada, serán dictadas por profesores o instructores categorizados de acuerdo con lo establecido en el Capítulo 22, artículos 223 y 224 de la ley 14.157, Orgánica Militar,
según se determina en cada Plan de Estudios de los Centros de Enseñanza
Naval.

  MENDEZ - WALTER RAVENNA
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