El Instituto Nacional de Vitivinicultura entregará certificados-guía de
circulación de uva, únicamente a los viticultores que se hallen inscriptos
en el Registro de empresas a que se hace referencia en el decreto Nº
336/983, de fecha 21 de setiembre de 1983, así como las personas
autorizadas a representarlos.
Dichos documentos serán intransferibles pudiendo ser utilizados únicamente
para circular la uva del viticultor al que se le expidió y que provenga
del viñedo para el cual fue entregado.