FIJACION DEL PRECIO DE LAS UVAS. COSECHA 2008




Promulgación: 31/03/2008
Publicación: 08/04/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 758

Artículo 3

 Los precios establecidos en los arts. 1º y 2º del presente decreto, se
entienden para las operaciones de contado, libres de todo tipo de
deducciones y que se encuentren dentro del tope de rendimiento dispuesto
por la normativa vigente.
Los precios a que se hace referencia en los arts. 1º y 2º del presente
decreto no serán de aplicación cuando se trate de viticultores cuyo precio
se integre en forma total o parcial con aportes del Instituto Nacional de
Vitivinicultura u Organismos del Estado. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6.
Ayuda