MODIFICACION DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS CASINOS DEL ESTADO




Promulgación: 08/04/1976
Publicación: 26/04/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 828
Referencias a toda la norma

Artículo 4

  La Dirección General de Casinos dispondrá que las Gerencias de los Casinos del Estado, otorguen a los funcionarios de su dependencia a la mayor brevedad posible, la licencia ordinaria y los días que por concepto de franco semanales tenga derecho a usufructuar cada uno de ellos, con plazo máximo al 30 de abril de 1976 y asimismo establezcan aquellos funcionarios que permanecerán a la orden de la Gerencia y/o afectados a la realización de tareas administrativas, durante los indicados períodos, sin que ello signifique disminución del sueldo básico, que les corresponde percibir por la temporada de verano 1975/76.
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