Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de
abril de 2011 en $ 508,48 (pesos uruguayos quinientos ocho con cuarenta y
ocho centésimos).