La redistribución de competencias y el reordenamiento de Unidades
Ejecutoras establecidos en este decreto, tendrán vigencia a partir del 10
de mayo de 1993.
La Unidad Ejecutora "Dirección Nacional de Comercio y Defensa del
Consumidor" continuará desempeñando sus funciones en el Ministerio de
Economía y Finanzas hasta la fecha prevista en el inciso precedente.