REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO LICITATORIO PARA LA SUBASTA DE LAS EMPRESAS EN FUNCIONAMIENTO




Promulgación: 24/04/2009
Publicación: 05/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 931
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.387 de 23/10/2008 artículo 172.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III
Presentación de ofertas

Artículo 8

 (Propuesta de acreedores laborales). Podrán presentarse ofertas por parte
de cooperativas o sociedades comerciales cuyo capital social pertenezca en
más de un 50% a trabajadores que desarrollaran actividad personal en la
empresa subastada a la fecha de declaración del concurso. En caso de
adoptar la forma de sociedad anónima o de sociedad en comandita por
acciones, las acciones que representen el capital correspondiente a los
trabajadores deberán ser nominativas y no endosables.

Estas cooperativas o sociedades comerciales podrán hacer valer en su
oferta la renuncia por sus miembros a créditos laborales privilegiados, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 110 de la Ley Nº 18.387.

Estas cooperativas o sociedades comerciales podrán ofertar igualmente,
sujeto a la expresa conformidad de sus miembros y a la aceptación del
Juez, las sumas correspondientes al seguro de paro de los trabajadores que
las integran (artículo 174 numeral 2, inciso 3 de la Ley Nº 18.387).

El ofrecimiento formulado por esta cooperativa o sociedad comercial tendrá
preferencia por sobre los restantes oferentes en caso de igualdad de
soluciones propuestas.
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