REGLAMENTACION DE LA LEY 18.719 ART. 208 RELATIVO A LA COMPENSACION POR COMPROMISO DE GESTION DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. PERIODO MAYO - DICIEMBRE 2012




Promulgación: 06/06/2012
Publicación: 15/06/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 1267
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 208.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 208 de la Ley N° 18.719 de fecha 27 de
diciembre de 2010.

RESULTANDO: I) Que la mencionada norma crea en el Ministerio del Interior
una compensación por "Compromiso de Gestión", la que se categoriza como
"Incentivo", de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley N°
18.172 de fecha 31 de agosto de 2007.

II) Que para el ejercicio 2012 el objeto del Compromiso de Gestión es el
desarrollo, implementación de tecnologías de la Información y Comunicación
para el control de consumo de combustible, carga horaria mensual del
servicio "222", control de asistencia y cumplimiento de horarios;
ejecución y monitoreo del Plan de Capacitación y presentación de una
propuesta de Compromiso de Gestión para el ejercicio 2013.

III) Que asimismo se requiere la aprobación de la reglamentación que
establecerá las metas, debiendo contar con informes favorables de la
Oficina Nacional del Servicio Civil, la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas.

IV) Que por Decreto N° 44/009 de fecha 19 de enero de 2009 y Decreto N°
526/009 de fecha 19 de noviembre de 2009, con las modificaciones
introducidas por el Decreto N° 195/009 de fecha 27 de abril de 2009, se
crea la Comisión Reguladora de Compromisos de Gestión, con representantes
de los Organismos mencionados.

CONSIDERANDO: I) Que esta es la segunda etapa en la mejora de la Gestión
Funcional del Inciso, la cual se complementará durante los ejercicios 2013
y 2014, con otros proyectos de mejora de la Gestión Institucional del
Inciso.

II) Que la Comisión Reguladora de Compromisos de Gestión ha informado
favorablemente al proyecto propuesto.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo N° 168 numeral 4°
de la Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase la nueva etapa del Plan de Mejora de la Gestión Funcional
respecto del Ministerio del Interior, que regirá desde el 1° de mayo de
2012 al 31 de diciembre de 2012 y el que luce agregado en anexo que se
considera parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 181/012 de 
06/06/2012.

Artículo 2

 Facúltese a la referida Secretaría de Estado a realizar las
modificaciones necesarias a efectos del mejor cumplimiento de los
objetivos Institucionales con informe favorable de la Comisión Reguladora
de Compromisos de Gestión.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - FERNANDO LORENZO
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