CURSOS Y CONCURSOS DE PASAJE DE GRADO DE LA ESCUELA NACIONAL DE POLICIA - CRITERIO DE EVALUACION DEL RENDIMIENTO PARA APROBACION DE CURSOS Y EXAMENES




Promulgación: 13/05/2003
Publicación: 20/05/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 1039
VISTO: la necesidad de fijar un criterio en la evaluación del rendimiento 
para la aprobación de las asignaturas, los exámenes y los cursos y 
concursos de pasaje de grado en todos los niveles de la Enseñanza 
Policial.

RESULTANDO: I) que la Inspección de Escuelas y Cursos y la Dirección de 
la Escuela Nacional de Policía se encuentran abocadas al mejoramiento y 
la expansión de la Enseñanza Policial, habiéndose celebrado a esos 
efectos, diversos convenios con la facultad de Derecho de la Universidad 
de la República de los que resulta el principio de identidad en las 
materias comunes que se dictan en los mencionados centros de estudio.

II) que en el convenio celebrado el 30 de mayo de 2001 se establece que 
para acceder a la reválida automática se debe haber obtenido en el 
respectivo examen la nota mínima de "Regular", equivalente a "4" en la 
escala de notas que maneja la Escuela Nacional de Policía (art. 266 del 
Decreto Nº 643/971 de 5 de octubre de 1971 y art. 267 del mismo Decreto 
en la redacción dada por el Decreto Nº 566/972 de 15 de agosto de 1972).

III) que, por su parte, el Decreto Nº 310/978 de 6 de junio de 1978, en 
el que se dictan normas referentes a los concursos de oposición para el 
ascenso de los funcionarios, se establece como nota mínima de aprobación 
la de "5000" de la misma escala.

CONSIDERANDO: que se impone establecer un criterio uniforme en las notas 
mínimas de aprobación, más aún teniendo en cuenta que por Decreto de 
diciembre último se ha reconocido a los cursos de formación de Oficiales 
que dicta la Escuela Nacional de Policía el nivel académico de estudios 
terciarios equivalente a una Licenciatura Universitaria.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dictaminado por el Departamento Jurídico del 
Ministerio del Interior. 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 DISPONESE que la nota mínima de aprobación de las asignaturas, los 
exámenes y los cursos y concursos de pasaje de grado en todos los niveles 
de la Enseñanza Policial, será la de "regular", equivalente a "4" en la 
escala de notas vigente (art. 266 del Decreto Nº 643/971 de 5 de octubre 
de 1971). 

HIERRO LOPEZ - GUILLERMO STIRLING


Ayuda