PRORROGA DE EXONERACIONES TRIBUTARIAS A LAS IMPORTACIONES DE AZUCAR, YERBA MATE, CAFE EN GRANO, MEDICAMENTOS, ETC.




Promulgación: 30/03/1977
Publicación: 13/04/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 528

Artículo 4

Las exoneraciones precedentes no alcanzan el Impuesto a las Importaciones
establecido por los artículos 173º y siguientes de la ley 13.637 de fecha
21 de diciembre de 1967 y reglamentado por el decreto 190/968 de fecha 5
de marzo de 1968 y normas concordantes, el que se seguirá aplicando de
acuerdo con las mismas.
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