REGLAMENTA LAS UNIDADES HOSPITALARIAS DE CUIDADOS ESPECIALES




Promulgación: 22/01/1998
Publicación: 30/01/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 121
Referencias a toda la norma
 VISTO: que por resolución de fecha 2 de febrero de 1996 se creó un Grupo
de Trabajo con el cometido de estudiar la normativa vigente sobre Centros
de Cuidados Intensivos Pediátricos y Neonatales, Título Habilitante
exigible para el desempeño de tareas en las áreas de neonatología y
pediatría y proponer las modificaciones que se estimen del caso;

    CONSIDERANDO: I) que el desarrollo de las nuevas tecnologías exige una
dinámica de funcionamiento que es necesario revisar y adecuar a las reales
necesidades de los servicios;

    II) que el presente Decreto establece criterios de calidad de
asistencia en las áreas de Cuidados Especiales Pediátricos y Neonatales,
regidos por pronósticos de calidad de asistencia, que permitan la
evaluación en las diferentes Instituciones Públicas y Privadas;

    III) que se establecen criterios sobre ingreso y egreso a dichas áreas
que permiten el acceso de los pacientes que realmente puedan beneficiarse
y que posean patologías recuperables;

    IV) que la realización de procedimientos de diagnóstico y terapéuticos
de valor probado garantiza la calidad para el paciente, se optimiza la
relación costo-beneficio;

    V) que a tales efectos se crean las Auditorías Internas y Externas;

    ATENTO: a lo dispuesto en los artículos 44 de la Constitución de la
República y 2o. ordinal 6o. de la Ley No. 9202 de 12 de enero de 1934
-Orgánica de Salud Pública-;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Ver: Texto (Reglamentación de las Unidades de Cuidados Especiales).

SANGUINETTI - RAUL BUSTOS
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