Visto: las nuevas normas legales que regulan la contratación de
funcionarios públicos, establecidas en los artículos 29º a 34º de la ley
14.416 de 28 de agosto de 1975.
Considerando: conveniente reglamentar las expresadas disposiciones y
publicarlas conjuntamente, en un texto unificado para facilitar su
conocimiento y aplicación.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 168º, inciso 4º de la Constitución de la República.
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Redacción dada anteriormente por: Decreto Nº 725/976 de 05/11/1976
artículo 1.
TEXTO ORIGINAL:
Decreto Nº 725/976 de 05/11/1976 artículo 1,
Decreto Nº 179/976 de 01/04/1976 artículo 1.