FIJACION DE LA TASA DE PROMOCION Y CONTROL VITIVINICOLA. ABRIL 2009




Promulgación: 20/04/2009
Publicación: 28/04/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 892
VISTO: el artículo 1º de la ley No. 16.757, de 26 de junio de 1996,
sustituido por el artículo único de la ley Nº 17.458, de fecha 8 de marzo
de 2002;

RESULTANDO: I) la ley No. 17.458, de 8 de marzo de 2002, faculta al Poder
Ejecutivo a iniciativa del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI) a
incrementar la Tasa de Promoción y Control Vitivinícola, que gravará la
expedición de las boletas de circulación y calidad de vinos nacionales e
importados, cuando el envase en que esté contenido el vino no exceda de un
litro de capacidad, asimismo, autoriza a ajustar dicho incremento en forma
anual;

II) dicho incremento será destinado a la promoción de la calidad de los
vinos y el control de su circulación en la forma y condiciones que
determine el Poder Ejecutivo a propuesta del Instituto Nacional de
Vitivinicultura (INAVI);

CONSIDERANDO: necesario ajustar el valor de la referida tasa que grava las
boletas de circulación y calidad de los vinos nacionales e importados,
cuando el envase en que esté contenido el mismo no exceda de un litro de
capacidad;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase, a partir del 1º de abril de 2009, en $ 4,50 (pesos uruguayos
cuatro con cincuenta centésimos), por litro de vino, el ajuste del monto
de la Tasa de Promoción y Control Vitivinícola, cuando el envase en que
esté contenido el mismo no exceda de un litro de capacidad.

Artículo 2

 Comuníquese, etc.

RODOLFO NIN NOVOA - ERNESTO AGAZZI
Ayuda