INDUSTRIA CARNICA - COMPRAVENTA DE HACIENDAS




Promulgación: 14/04/1993
Publicación: 27/05/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 333

Artículo 2

   Cuando el pago del flete sea a cargo del comprador, la tercer vía a que
se refiere el artículo anterior deberá contener, además de los datos
previstos en el artículo 1 del decreto 151/992, de 6 de abril de 1992, la
estimación del costo del flete por quilo en pie hasta el establecimiento
de faena. Dicha estimación será de exclusiva responsabilidad del
comprador.
Ayuda