Cuando el pago del flete sea a cargo del comprador, la tercer vía a que
se refiere el artículo anterior deberá contener, además de los datos
previstos en el artículo 1 del decreto 151/992, de 6 de abril de 1992, la
estimación del costo del flete por quilo en pie hasta el establecimiento
de faena. Dicha estimación será de exclusiva responsabilidad del
comprador.