El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca fijará por resolución
fundada los métodos de pesca, tipo de artes permitidos, tallas mínimas y
máximas de retención y de devolución, especies pasibles de ser retenidas,
cantidades pasibles de retención por pescador y por día, así como aquellos
requisitos que contribuyan a la mejor administración de los recursos
acuáticos vivos, incluyendo el seguimiento, control y vigilancia de la
actividad y la investigación y evaluación de los recursos.