Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al ejercicio 1989.
Resultando: I) Que por decreto 790/988 de 23 de noviembre de 1988, se aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al Ejercicio 1989, a precios del período noviembre 1987 - febrero 1988;
II) Que por decreto 406/989 de fecha 30 de agosto de 1989 se aprobó una adecuación al Presupuesto 1989 del Banco Hipotecario del Uruguay la que recogió el incremento salarial otorgado por el Directorio a partir del 1° de marzo de 1989 como asimismo las variaciones en el nivel general de precios y tipo de cambio para el período enero-junio de 1989;
III) Que por decreto de fecha 13 de diciembre de 1989 se aprobó una adecuación al Presupuesto 1989 del Banco Hipotecario del Uruguay recogiendo el incremento salarial otorgado a partir del 1° de julio de 1989, como asimismo las variaciones en el índice de precios al consumo, tipo de cambio y valor de la Unidad Reajustable para el período enero-octubre 1989;
IV) Que el Directorio del Banco Hipotecario del Uruguay otorgó a sus funcionarios un aumento salarial del 24.4% con vigencia 1° de noviembre y un incremento del 23.23% para los beneficios sociales que evolucionan con el salario mínimo nacional;
V) Que corresponde de acuerdo con lo dispuesto por los artículos2° y 6° del decreto 790/988, ajustar las partidas de gastos tanto de funcionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones en el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a precios de enero-diciembre de 1989, según su vigencia.
Considerando: I) Que el incremento salarial dispuesto por el Directorio del Banco Hipotecario del Uruguay, así como las restantes medidas reseñadas, se encuentran comprendidas dentro de los lineamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;
II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice el financiamiento de las mismas;
III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe.
Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo informado por la Asesoría Técnico Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas,
El Presidente de la República
DECRETA
Sustitúyense las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondientes al Ejercicio 1989, de acuerdo con el siguiente detalle:
I - INGRESOS 298.269:025.000
-------------
1. Intereses y Comisiones 16.837:025.000
-Intereses 15.875:000.000
-Comisiones 882:650.000
-Gastos Operativos 79:375.000
----------
2. Reajustes 257.194:050.000
-Préstamos Unifamiliares 99.999:550.000
-Promotores Privados 10.115:550.000
-Sociedades civiles 18.093:950.000
-Cooperativas 25.448:000.000
-Stma. Pco. y const.
Inmob, Vta. 105.537:000.000
----------
3. Otros Ingresos 24.237:950.000
-Intereses por Mora 24.237:950.000
----------
II - PRESUPUESTO OPERATIVO 248.050:749.683
Rubro Denominación N$ N$
0 Retribución Servs.
Personales 5.051:767.921
011311 Suelods bási.carg
Presup. 3.628:781.292
-Directorio 30:561.096
-Sueldos básicos 3.598:220.196
011315 Dif. p/subrog. carg
Presup. 4:408.816
011317 Prima por Antig.
Carg. Presup. 360:397.302
019 Sueldo an. Comp.
Presup. y Cont. 402:020.891
021321 Sueld. básic. pers.
contrat. 80:483.562
021327 Prima por Antig.
pers. contrat. 2:078.739
05 Honorarios 100:151.594
061301 Horas extras 203:807.486
061302 Cambio residen.
habitual 6:746.844
061303 Prima a la eficiencia 55:044.810
061305 Trabajo noctur. y
rotativo 7:521.035
061308 Redist. func. Perman. 1:329.250
062301 Gastos de represent. 3:654.174
073 Suplencias 889.350
077 Quebranto de caha 78:524.445
0791 Por tareas Especial. 105:429.901
081 Adelanto a cuenta
(setiembre/83) 2:649.600
091 Retrib. ejerc.Anter. 1:848.830
092 Retrib.APlic.
ley 15.783 6:000.000
-------
1 Cargas legales s/servs.
personales 1.673:605.616
111 Aporte Patron. sist.
Seg. Social 1.529:468.828
123 Aporte paron al
F.N.V. 57:919.747
131 Impuestos s/Retrib. 68:841.117
191 Aporte Patr. Sist.
Accid. Trab. 17:375.924
----------
2 Materiales y Sumin. 1.580:546.274
3 Servicios no Person. 3.415:625.808
5 Tierras Edif. y Ot.
Act. Preexist. 67.871:374.226
7 Subsidios y otras
transferencias 5.939:944.676
745 Transf. Deportiv. 9:712.960
Cultur. etc.
749 Otras Prestac. 52:031.902
750 Prest. por alim. 613:299.750
751 Prima por Matrim. 2:680.120
752 Hogar Constituido 155:907.342
753 Prima por Nacim. 2:680.120
754 Prestac. por hijo 63:158.818
758 Prestac. por salud 653:757.930
759 Otras 16:111.226
791 Tributos nacionales 4.162:480.769
792 Tributos Municip. 208:123.739
---------
8 Servicios de deuda
y anticipo 162.368:000.000
9 Asignac. globales 149:885.162
-----------
IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES 920:794.678
Rubro Denominación N$ N$
4 Maquinaria, equipo
y Mob. nuevos 482:899.001
5 Tierras edif. y otros
Act. Preexist. 191:496.000
6 Contruc., mejoras y
Ep. Extraord. 246:399.677
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera, se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte
de este decreto.
Los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 " Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo relativo a beneficios sociales, incluyen la totalidad de los incrementos salariales otorgados durante el ejercicio 1989.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 606,00 (nuevos pesos seiscientos seis) por dólar americano. Las partidas en monedad nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales estan expresadas a precios corrientes 1989.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 17/990 de
23/01/1990.