ESTUPEFACIENTES. SE REGLAMENTA LA FABRICACION, IMPORTACION, VENTA Y USO DE ESPECIFICOS ZOOTERAPICOS QUE CONTIENEN PSICOFARMACOS




Promulgación: 11/05/1982
Publicación: 24/05/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 1105

Artículo 6

   En los casos en que el médico veterinario necesite adquirir partidas de
zooterápicos psicotrópicos para efectuar tratamientos colectivos o
disponer de reservas para el ejercicio en el medio rural, deberá
establecer dichos extremos en la receta reglamentaria.
Ayuda