REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 57 A 60 DE LA LEY 19.149 RELATIVO AL REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DE LA COMISION DE COMPROMISOS DE GESTION (CCG)




Promulgación: 04/06/2014
Publicación: 12/06/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 1158
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículos 57, 58, 59 y 60.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 Funciones de la Secretaría Técnica: Serán funciones de la Secretaría
Técnica:

  1.     Asistir a las reuniones de la CCG a las que sea convocada, con
         voz pero sin voto.
  2.     Recibir los proyectos de CG a suscribir o cualquiera otra clase
         de escritos de los que deba tener conocimiento.
  3.     A solicitud de la CCG, asesorar en materia de compromisos de
         gestión a la Comisión y a las oficinas que deban suscribir
         compromisos.
  4.     Recomendar a la CCG criterios a ser aplicados en sistemas de
         información de soporte al seguimiento de las distintas etapas.
  5.     Preparar la tramitación de los asuntos que sean competencia de la
         CCG.
  6.     Sugerir cambios o actualizaciones a las reglamentaciones
         referentes a CG.
  7.     Preparar la agenda de asuntos a tratar por la CCG y llevar el
         registro de las resoluciones tomadas que contendrán los acuerdos
         adoptados con una sucinta referencia a los principales puntos de
         debate,
  8.     Presentar a solicitud de la CCG propuesta de informes a elevar a
         las autoridades.
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