Reglamentario/a de: Ley Nº 18.399 de 24/10/2008, Decreto Ley Nº 15.180 de 20/08/1981.
(Banco de Previsión Social: reglamentaciones).- En todo lo no previsto por el presente decreto, se aplicarán las disposiciones que dictare el Banco de Previsión Social, para la pertinente implementación de las normas legales que se reglamentan.