FIJACION DE MONTO IMPONIBLE DEL IMPUESTO A LAS RENTAS AGROPECUARIAS - INDUSTRIA ARROCERA




Promulgación: 02/05/1985
Publicación: 23/05/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1174

Artículo 2

   A tales efectos la Dirección General Impositiva fijará el precio
ficto del arroz para la zafra de 1985, sobre el que se liquidará el
anticipo del referido impuesto, asimismo el precio definitivo sobre el
cual deberá efectuarse la liquidación por el complemento del tributo.
Ayuda