REGLAMENTACION DE LA LEY 19.307. LEY DE MEDIOS. REGULACION DE LA PRESTACION DE SERVICIOS DE RADIO, TELEVISION Y OTROS SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL




Promulgación: 05/06/2019
Publicación: 12/06/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.307 de 29/12/2014.
Referencias a toda la norma

TÍTULO VI - DE LOS SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
CAPÍTULO I - AUTORIZACIÓN PARA SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL QUE UTILICEN ESPECTRO RADIOELÉCTRICO

Artículo 55

   (Consulta pública electrónica para procedimientos de transferencia y renovación).- En los casos de procedimientos de transferencia y renovación, la consulta pública dispuesta en el inciso 3° del artículo 123 de la Ley N° 19.307 deberá ser electrónica, siguiendo el procedimiento establecido en los artículos 41 y 42 de la presente reglamentación, con excepción del inciso final del art. 41. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 324/020 de 30/11/2020 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 160/019 de 05/06/2019 artículo 55.
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