REGLAMENTACION DE LA LEY 19.307. LEY DE MEDIOS. REGULACION DE LA PRESTACION DE SERVICIOS DE RADIO, TELEVISION Y OTROS SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL




Promulgación: 05/06/2019
Publicación: 12/06/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.307 de 29/12/2014.
Referencias a toda la norma

TÍTULO I - DISEÑO INSTITUCIONAL
CAPÍTULO I - CONSEJO DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Artículo 14

   (Cumplimiento de los cometidos del SPRTN).- La información obtenida en el ejercicio del poder jurídico dispuesto en el literal W) del artículo 68 de la Ley N° 19.307, será remitida al Poder Ejecutivo a través de la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, y será el Poder Ejecutivo, actuando el Presidente de la República en acuerdo con el Ministerio de Educación y Cultura, quien ejercerá los poderes de contralor de conformidad con lo establecido por el artículo 197 de la Constitución de la República.
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