MARCO REGULATORIO REFERENTE AL TRANSPLANTE DE CELULAS Y TEJIDOS HUMANOS




Promulgación: 02/06/2006
Publicación: 07/06/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 1068
Reglamentario/a de: Ley Nº 14.005 de 17/08/1971.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - OBLIGACIONES DE LAS AUTORIDADES

Artículo 11

 Notificación de los efectos y reacciones adversos graves:
1. El Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y
Organos garantizará la existencia de un sistema para notificar, registrar
y transmitir información sobre reacciones y acontecimientos adversos
graves relacionados con la obtención, verificación, procesamiento,
almacenamiento, distribución, desecho y trasplante de células y tejidos
humanos.
2. El Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y
Organos establecerá el procedimiento para notificar las reacciones y
acontecimientos adversos.
3. El Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y
Organos notificará al Ministerio de Salud Pública la información referida
a reacciones y acontecimientos adversos graves.

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