CELEBRACION DE CONTRATOS DE COMPRAVENTA DE ENERGIA ENTRE UTE Y CONSUMIDORES INDUSTRIALES RELATIVO A LA ENERGIA EOLICA




Promulgación: 17/05/2012
Publicación: 28/05/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 1080
Referencias a toda la norma

Artículo 11

 Los beneficios fiscales previstos en la Ley N° 16.906 del 7 de enero de
1998 y disposiciones reglamentarias (Decretos 02/012 de 9 de enero de 2012
y 354/009 de 3 de agosto de 2009), sólo se aplicarán cuando se instalen
aerogeneradores nuevos sin uso.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13.
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