REGLAMENTACION DEL FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO UNICO DE PROVEEDORES DEL ESTADO (RUPE)




Promulgación: 21/05/2013
Publicación: 29/05/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 1026
(Registro Único de Proveedores del Estado) reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículo 82,
      Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículos 487 y 523.
Referencias a toda la norma

Capítulo I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 3

 (Alcance subjetivo).- El deber de estar inscripto en el RUPE alcanza a
todos aquellos sujetos interesados en contratar con un organismo público
estatal en calidad de proveedores. La verificación de la inscripción y su
vigencia corresponde al organismo comprador, no correspondiendo la
exigencia de certificados de inscripción.
Ayuda