II.- Requisitos para acogerse al régimen de "Empresa en el Día"
Artículo 5
(Contrato social. Normas aplicables) - Para la constitución y registro de
sociedades en la modalidad "Empresa en el Día" en su etapa inicial los
socios sólo podrán realizar aportes en dinero a los efectos de la
conformación y suscripción del capital social. Son aplicables a las
sociedades que se constituyan por este régimen todas las normas que
regulan los correspondientes tipos sociales con las excepciones previstas
en el presente Decreto.