REGISTRO UNICO PERSONAL. REGLAMENTACION DE INSCRIPCIONES. MANDATOS




Promulgación: 22/02/1968
Publicación: 01/03/1968

Resumen:

Dispónese que a partir de la entrada en vigencia del artículo 254 de la
Ley Nº 13.640 de fecha 26 de diciembre de 1967 se suprime la inscripción
del mandato. Unicamente se inscribirán en el registro respectivo, los actos  modificativos o extintivos del mandato.
Derogada/o por: Decreto Nº 325/984 de 13/08/1984 artículo 196.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.640 de 26/12/1967 artículo 254.

Artículo 3

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 175/992 de 
05/05/1992 artículo 1.


		
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