FIJACION DE LA TABLA DE SUELDOS DE EQUIPARACION PARA LOS CARGOS COMPRENDIDOS EN LOS INCISOS 1 AL 32 DEL PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES




Promulgación: 17/03/1978
Publicación: 28/03/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 419
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Los titulares de los cargos cuyas remuneraciones actuales (Renglones
0.11, 0.14, 0.79/02 y 0.79/31 y en general toda compensación congelada o
no, cualquiera sea el renglón con que se pague), superen o igualen las del
grado que les corresponde en la Tabla establecida en el artículo 1.o no
percibirán ninguno de los aumentos previstos en el presente decreto.
Cuando el titular de un cargo requiera para acceder al Sueldo de
Equiparación un porcentaje menor que el indicado en el artículo 4.o,
percibirá el menor. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 8.
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