REGLAMENTACION DE LA REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 22/04/2003
Publicación: 29/04/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 852
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.556 de 18/09/2002 artículos 44, 45, 46, 47 Derogada/o, 
48 Derogada/o, 49 Derogada/o, 50 Derogada/o, 51 Derogada/o, 52 Derogada/o, 53 Derogada/o, 54 Derogada/o, 55 Derogada/o, 56 Derogada/o, 57 Derogada/o, 58 Derogada/o, 59 Derogada/o, 60 Derogada/o, 61 Derogada/o, 62 Derogada/o, 
63 Derogada/o y 64 Derogada/o.
   VISTO: El nuevo régimen vigente en materia de redistribución de 
funcionarios públicos establecido por la Ley 17.556 de 18 de setiembre de 
2002;

   RESULTANDO: Que la misma rige desde el 1º de enero de 2003;

   CONSIDERANDO: Que resulta conveniente reglamentar las disposiciones 
legales precitadas, así como armonizarlas con la normativa preexistente;

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 
168 numeral 4º de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                     Actuando en Consejo de Ministros                     
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

  Competencia.
  Es competencia de la Oficina Nacional del Servicio Civil la 
redistribución de funcionarios públicos. 

HIERRO LOPEZ - GUILLERMO STIRLING - GUILLERMO VALLES - ALEJANDRO ATCHUGARRY - ROBERTO YAVARONE - LEONARDO GUZMAN - LUCIO CACERES - JUAN BORDABERRY - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO - CONRADO BONILLA - GONZALO GONZALEZ - SAUL IRURETA


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