APROBACION DEL TEXTO ORDENADO DE LA CONTABILIDAD Y ADMINISTRACION
FINANCIERA DEL ESTADO (TOCAF). SUSTITUCION DEL TEXTO ORDENADO DE CONTABILIDAD Y ADMINISTRACION FINANCIERA Y NORMAS CONCORDANTES Y COMPLEMENTARIAS (TOCAF 1996).
El presente Decreto entrará en vigencia el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial, excepto las normas referidas
al Registro Unico de Proveedores del Estado, que entrarán en vigencia a partir de la puesta en marcha del mismo.