REGLAMENTACION DEL IRAE. REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 18.083




Promulgación: 26/04/2007
Publicación: 04/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 709
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.

IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS
CAPITULO III - AJUSTE DE RESULTADOS
SECCION IV - DEDUCCIONES INCREMENTADAS
INVESTIGACION Y DESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO

Artículo 48

 Interés Nacional.- En los proyectos de inversión que se declaren de Interés Nacional podrá disponerse que los gastos que se incurran en programas seleccionados de investigación y desarrollo científico y tecnológico orientados a la capacitación de técnicos y obreros se 
computen por una vez y media su monto real.
Será aplicable a los referidos gastos, lo dispuesto en el inciso final 
del artículo 45° y en el artículo 47°.
Se considerarán proyectos de investigación científica o desarrollo
tecnológico todos aquellos que contribuyan a mejorar de modo trascendente
el conocimiento humano y la utilización de los recursos productivos. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 371/012 de 16/11/2012 artículo 1.
Ver en esta norma, artículos: 53 y 183 (vigencia).

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 150/007 de 26/04/2007 artículo 48.
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